La Corte Suprema de Justicia de la Nación confirmó la resolución de la Cámara Federal de Apelaciones de Rosario al ratificar la nulidad de un aumento tarifario que Litoral Gas impuso en 2014. Lo que viene ahora es un intrincado cálculo para determinar cuáles fueron los montos cobrados indebidamente, durante cuánto tiempo, los intereses correspondientes y, lo más importante, cómo se le van a hacer las devoluciones a los usuarios residenciales.
En marzo de 2014 Litoral Gas y Enargas dispusieron un aumento en la tarifa. Este incremento se realizó sin la audiencia pública correspondiente violando lo establecido en el artículo 42 de la Constitución Nacional. “En ese momento se interpuso una medida cautelar, por lo que desde septiembre de 2014 y hasta septiembre de 2015 se dejó sin efecto ese aumento”.
Quienes elevaron el caso a la Justicia señalaron, “por más complejo que sea, el cálculo se hará y la empresa deberá aportar todos los datos para que la reparación sea efectiva”